Adriana Raquel Reyes Asanza
Luis Miguel Espinosa Baldassari
Inteligencia estratégica antidelincuencial y protección de datos
en Ecuador: aplicación del test de proporcionalidad
justifica cualquier tratamiento de datos, sino úni-
camente aquel que corresponda a una finalidad
concreta, que sea necesaria y respete los derechos
fundamentales.
podrían existir alternativas menos invasivas, co-
mo la focalización, la anonimización, la segmen-
tación de datos o las auditorías posteriores.
En cambio, cuando la inteligencia estratégica
se aplica en el marco de una investigación espe-
cífica, con base legal, finalidad clara y controles
institucionales, el tratamiento de los datos per-
sonales puede considerarse válido. Para concretar
esta posibilidad, debe explicarse qué información
se usa, por qué es necesaria, quién puede acceder
a ella, durante cuánto tiempo se conserva y qué
mecanismos existen para evitar abusos.
Asimismo, los principales riesgos surgen
cuando la información personal se utiliza de
manera amplia, indefinida o sin controles sufi-
cientes. Esto puede ocurrir en prácticas como
el tratamiento masivo de datos, el perfilamiento
injustificado, el cruce de bases de información,
el monitoreo permanente o la vigilancia despro-
porcionada. Frente a estos riesgos, toda medida
de inteligencia debe responder preguntas básicas:
qué datos se utilizarán, a quiénes corresponden,
cuánto tiempo se conservarán, qué controles se
aplicarán, bajo qué criterios de riesgo se procesa-
rán y qué mecanismos de supervisión garantiza-
rán su uso legítimo.
En el contexto ecuatoriano, este análisis exige
no solo cumplir la ley, sino también fortalecer
la confianza ciudadana mediante reglas claras,
trazabilidad, supervisión y rendición de cuentas.
Desde esta perspectiva, la protección de datos
no debilita la seguridad integral, por el contra-
rio, contribuye a construir una inteligencia más
responsable, eficaz y respetuosa de los derechos
fundamentales.
Finalmente, el test de proporcionalidad se
presenta como una herramienta útil para ordenar
y controlar el tratamiento de datos personales en
actividades de inteligencia antidelincuencial. Su
aplicación permite verificar si la medida es idónea
para prevenir delitos, si resulta estrictamente
necesaria y si mantiene un equilibrio razonable
entre la seguridad pública y la protección de los
derechos de las personas.
Conclusiones
La inteligencia estratégica antidelincuencial
constituye un componente relevante de la segu-
ridad integral del Estado, en la medida en que
permite anticipar riesgos, prevenir delitos y res-
ponder oportunamente a amenazas concretas.
No obstante, su legitimidad depende de que su
aplicación se mantenga estrictamente subordina-
da al respeto de los derechos fundamentales y a
los límites establecidos por la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales.
En este sentido, la inteligencia estratégica
antidelincuencial puede ser compatible con la
ley de protección de datos, siempre que incor-
pore salvaguardas como el control de accesos, la
trazabilidad, la conservación limitada de la infor-
mación, la supervisión institucional y la rendición
de cuentas.
El tratamiento de los datos personales por
parte de las entidades de seguridad e inteligen-
cia solo resulta jurídicamente válido cuando
se sustenta en una finalidad legítima, una base
constitucional y legal suficiente, y mecanismos de
control orientados a prevenir abusos. La recopila-
ción, el uso y el almacenamiento de información
deben ser necesarios, proporcionales y verifica-
bles. Se deben evitar prácticas indiscriminadas
que puedan derivar en vigilancia generalizada
o en afectaciones indebidas a la privacidad y la
dignidad de las personas.
Discusión
El test de proporcionalidad permite analizar con
mayor claridad cuándo el uso de datos personales
en la inteligencia estratégica antidelincuencial es
legítimo y cuándo puede convertirse en una ac-
tuación excesiva del Estado. Cuando una medi-
da se plantea de forma amplia —por ejemplo, el
monitoreo masivo sin una hipótesis concreta de
riesgo o amenaza— su justificación pierde fuer-
za, porque puede afectar a personas que no tienen
relación directa con un hecho delictivo y porque
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ISUPOL, Revista de Investigación en Seguridad Ciudadana y Orden Público
Nº 12 junio 2026 • pp 95-101